La ruptura de un paradigma en el panorama fiscal internacional

La ruptura de un paradigma en el panorama fiscal internacional

João Pedro Volz

¿Qué define un paradigma? Un paradigma puede definirse coloquialmente como un conjunto de patrones o reglas por las que, por regla general, podemos intentar determinar o interpretar el curso futuro de los acontecimientos. Cualquier cambio de paradigma implica un cambio sustancial en estos conceptos o patrones. Hoy en día, puede decirse que el escenario fiscal internacional está en el centro de un cambio de paradigma.

Un gran número de destacados abogados, contadores y consultores internacionales suelen reconocer que los Estados Unidos de América son el mayor paraíso fiscal del mundo, el más estable económicamente y el más seguro. Esto se debe a que EE.UU. ofrece a los inversores extranjeros amplias oportunidades para invertir a través de entidades no sujetas a impuestos, ninguna obligación fiscal, amplias exenciones tributarias y una privacidad casi absoluta, por no hablar de la estabilidad económica y cambiaria.

Este entorno fértil y atractivo para el capitalismo mundial es sensato e inteligente, convierte a EE.UU. en la capital bancaria del mundo, especialmente después de la FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act), obligó a los contribuyentes estadounidenses a compartir la información bancaria extranjera con EE.UU., a riesgo de multas muy elevadas.

Por otro lado, Estados Unidos evitó deliberadamente adherirse a los acuerdos de intercambio de información patrocinados por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) y a las prácticas del CRS (Common Reporting Standard). Todo esto dejó claro que había dos sistemas paralelos, el de la OCDE (la norma mundial) y el de Estados Unidos.

La primera señal para el cambio de paradigma provino de un reglamento emitido en 2017 que requiere que las LLC de un solo miembro con propietarios extranjeros registren la propiedad y el control sustancial, así como cualquier cambio de accionistas. Esta ley no causó mucho revuelo entre los inversores extranjeros, ya que la información proporcionada a las autoridades fiscales estaría generalmente bajo una amplia protección de la privacidad.

Sin embargo, el gran cambio de paradigma llegó con la Ley de Transparencia Empresarial (CTA). La ley fue objeto de gran controversia en el Congreso de Estados Unidos, que finalmente anuló el veto del entonces presidente Donald Trump y otorgó a la FinCen (Financial Crimes Enforcement Network) la autoridad para crear bases de datos de empresas y sus propietarios. En los cientos de páginas de la normativa final, publicada el 30 de septiembre de 2022, se exponen las razones generales por las que esta normativa sigue vigente. En resumen, FinCen señala que facilitar los medios para obtener información de los grupos criminales sería el objetivo de la ley, ya que las protecciones constitucionales del debido proceso legal imponen una carga indebida a las investigaciones.

Sin embargo, la FinCen ya señala favorablemente los esfuerzos de Alemania y Francia en la creación de registros de empresas, abriendo el camino para el intercambio de esta información si se firma un acuerdo de intercambio con otro país. Aunque la FinCen asegura que esto no supondrá una gran carga para las empresas, la realidad es que el cumplimiento implicará el gasto de consultores y asesores para adaptarse a las nuevas obligaciones de asesoramiento, ya que las multas por incumplimiento pueden superar los diez mil dólares.

En pocas palabras, el resultado de la CTA es que toda entidad jurídica que se abra en EE.UU. tendrá que registrarse, con algunas excepciones. Dicho registro será obligatorio a partir de 2021 y se aplicará a todas las entidades existentes y las nuevas tendrán 30 días para registrarse desde el momento de su constitución. El registro requiere que las entidades proporcionen sus representantes locales registrados, direcciones y números de identificación fiscal. Las personas que posean directa o indirectamente el 25% o más de los derechos de voto o del capital de una empresa también tendrán que ser reveladas y cualquier control sustancial (más del 50%) debe ser específicamente revelado. Quienes posean bienes inmuebles en Estados Unidos a través de empresas «off-shore» también tendrán que registrarse. Será necesario presentar un pasaporte escaneado, el número de identificación y la dirección del país de origen. El concepto de propiedad indirecta también incluye a las personas que invierten en EE.UU. a través de un pagaré convertible en acciones, un modelo muy común para las estructuras de capital de riesgo. Las estructuras jurídicas en forma de fideicomiso suelen estar excluidas de la obligación de informar, pero los beneficiarios pueden estar sujetos a registro si tienen derecho a exigir distribuciones del fideicomiso y se consideran beneficiarios sustanciales.

Por el momento, mientras no entre en vigor la obligatoriedad de la ley, los inversores que actúen legalmente pero deseen tener privacidad deben consultar a un especialista para una posible reestructuración legal de sus inversiones.